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CAPÍTULO III DE LOS CARGOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Artículo treinta. El Vicepresidente sustituirá al Presidente cuando éste no pudiera ejercitar sus funciones y en todas aquellas Comisiones que le encomiende el Presidente, con carácter permanente, siendo necesario informe al mismo del desenvolvimiento de su cometido. En los casos justificados, el Vicepresidente también podrá representar al Colegio a todos los efectos legales, y en caso de imposibilidad del Presidente asistirá en lugar del mismo a las reuniones del Consejo General con todos sus derechos y obligaciones.
Articulo treinta y uno. Posibilidad de creación de las Delegaciones: a.- Constitución de la Delegación La Delegación se podrá constituir en cualquier demarcación, zona geográfica o ámbito administrativo cuando: 1º.- Sea solicitado al Presidente del Colegio por la mayoría de los compañeros de esa zona, con una motivación que justifique su creación y su aprobación por la Junta de Gobierno. 2º.- Por iniciativa del Sr. Presidente del Colegio, con la aprobación de su Junta de Gobierno, también con una motivación que la justifique. 3º.-En cualquier caso la Junta de Gobierno podrá suprimir aquella Delegación que estime conveniente previo informe razonado de la misma o a iniciativa de los colegiados de la demarcación existente. b.- Funcionamiento de la Delegación La Delegación dispondrá de Un Delegado que será elegido de entre los graduados sociales de la zona de referencia, mediante convocatoria realizada al efecto La Delegación podrá disponer de los colaboradores que estime necesario. Estos tendrán la misión de colaborar en todos los asuntos que el Delegado requiera. Organizándose en las comisiones que se estimen necesarias. La Delegación se reunirá cuantas veces sea convocada por el Delegado, con un mínimo de cuatro al año, una por trimestre. La Delegación también podrá ser convocada por el Sr. Presidente cuando la estime conveniente. Tanto el Delegado como sus colaboradores actuaran siempre con sometimiento al Presidente y a la Junta de Gobierno. La Delegación, por medio de su Delegado en la Junta de Gobierno, deberá informar en cada Junta de los actos programados y de los actos realizados. Así como de las gestiones pendientes y las realizadas. En definitiva, de todas las actividades de la zona realizadas y pendientes de realización. Por su parte, la Junta de Gobierno podrá indicarle a la Delegación que se abstenga de realizar algún acto o gestión que puede interferir en otras que se realicen a nivel regional o sean de interés para el resto del colectivo regional. c.- Contenido de la Delegación La Delegación tendrá competencias para organizar en su zona cuantos actos crea conveniente, como cursos, conferencias, gestiones administrativas, coordinándose siempre con la respectiva comisión del Colegio. Asimismo, será el representante del Colegio en la zona, debiendo acudir a cuantos actos sea requerido. La Delegación emitirá informe sobre cualquier tema o asunto que afecte a esa Delegación y sea requerido por El Presidente o la Junta de Gobierno, Así como podrá emitir cualquier informe a la Junta de Gobierno, por iniciativa propia, siempre que así se crea conveniente para los intereses de los compañeros. La Delegación podrá convocar la Asamblea General de Graduados Sociales de la zona para tratar asuntos de interés general. Esta convocatoria deberá ser refrendada por la Junta de Gobierno. d.- Dotación de la Delegación La Delegación para su buen funcionamiento dispondrá de todos los servicios del Colegio en su sede regional. Asimismo, en función de las disponibilidades presupuestarias, podrá contar con instalaciones del Colegio en la zona. Para ello, anualmente elaborará unos presupuestos que serán propuestos a la Junta de Gobierno, la cual, dentro de las disponibilidades, deberá tenerlos en cuenta para la realización del presupuesto Regional. La Delegación podrá fijar otros tipos de dotaciones para actos concretos, como subvenciones de Entidades Públicas o Privadas, o incluso por aportaciones voluntarias de los compañeros de la zona. Para este tipo de dotaciones deberá solicitar siempre su aprobación por la Junta de Gobierno. Corresponde a la Junta de Gobierno delimitar el ámbito territorial y el nombre de las distintas delegaciones.
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| Resolución
mínima de 800x600 2002 © Excmo Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia |