|
CÓDIGO
DEONTOLÓGICO GRADUADOS SOCIALES 4.1. Las relaciones entre Graduados Sociales deben estar presididas por la honestidad, veracidad, la lealtad y el mutuo respeto. 4.2. Los Graduados Sociales, en sus relaciones y en interés de sus respectivos clientes, deberán actuar encaminados a evitar procedimientos judiciales inútiles. 4.3. El Graduado Social se abstendrá de efectuar alusiones personales en perjuicio de otros colegiados, evitando especialmente toda manifestación personal respecto del Graduado Social que defienda intereses contrapuestos. 4.4. El Graduado Social deberá exigir de sus clientes el debido respeto hacia los Graduados Sociales defensores de intereses contrapuestos a los suyos. 4.5. El Graduado Social con mayor experiencia profesional deberá prestar desinteresadamente orientación y consejo a los colegiados de reciente incorporación que lo soliciten. Recíprocamente, éstos tienen el derecho y el deber de requerir consejo y orientación a los Graduados Sociales experimentados a fin de evitar que por desconocimiento o error resulte dañado el interés del cliente. 4.6. El Graduado Social deberá abstenerse de cualquier práctica de competencia ilícita. 4.7. El Graduado Social deberá solicitar la venia del compañero en los casos y en la forma prevista en la Norma 9, siguiente. 4.8. Ningún Graduado Social debe encubrir con su actuación o con su firma comportamientos ilegales o contrarios a los deberes profesionales ni actuaciones de personas que no estén debidamente legitimadas para el ejercicio de la profesión, así como actividades intrusistas de cualquier tipo. 4.9. Las reuniones profesionales entre Graduados Sociales habrán de celebrarse en el despacho de aquél con mayor antigüedad en el Colegio, salvo que éste decline el ofrecimiento. Aquellas reuniones a las que asistan sus respectivos clientes habrán de celebrarse en un lugar que no suponga situación privilegiada para ninguno de los intervinientes. 4.10. El Graduado Social debe recibir con la máxima urgencia al compañero que le visite en su despacho, y con preferencia a cualquier otra persona que guarde espera en el mismo. En caso de imposibilidad de atención inmediata, deberá dejar momentáneamente sus ocupaciones para dar la oportuna explicación al compañero. 4.11. El Graduado Social deberá atender de inmediato las comunicaciones escritas o telefónicas de otro Graduado Social. 4.12. El Graduado Social que esté negociando con un compañero la solución extrajudicial de un asunto deberá notificar al compañero el cese de dicha negociación antes de presentar la reclamación judicial.
|
|
||||||
| Resolución
mínima de 800x600 2002 © Excmo Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia |