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CÓDIGO DEONTOLÓGICO GRADUADOS SOCIALES

3- OBLIGACIONES DEL GRADUADO SOCIAL EN RELACIÓN CON EL COLEGIO -

El Graduado Social está obligado:

  3.1. A cumplir los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales y los Estatutos del Consejo Autonómico y del Colegio al que pertenezca, así como los Reglamentos de Régimen Interior, las disposiciones generales o particulares, acuerdos y decisiones adoptados por los órganos corporativos dentro de su competencia.

3.2. A cumplir las Normas vigentes de aplicación a la profesión de Graduado Social.

3.3. A participar y colaborar, en la forma reglamentariamente prevista, en las tareas, actos y órganos colegiales y en especial:

a) A asistir personalmente, salvo imposibilidad justificada, a las Juntas Generales que se celebren en el Colegio y a participar en las elecciones que reglamentariamente deben llevarse a cabo.

b) A atender, con la máxima diligencia, las comunicaciones y citaciones emanadas de los órganos de gobierno del Colegio, o de sus miembros, en el ejercicio de sus funciones.

3.4. A desempeñar con celo y eficacia los cargos para los que fuesen elegidos y a participar en las comisiones cuando fueran requeridos para ello por la Junta de Gobierno.

3.5. A contribuir al mantenimiento económico de las cargas colegiales y a satisfacer, dentro del plazo reglamentario, las cuotas, derramas y demás cargas sociales y contribuciones económicas de carácter corporativo a las que la profesión se halle sujeta.

3.6. A guardar consideración, respeto y lealtad a los titulares de los órganos de gobierno del Consejo General y del respectivo Colegio, cumpliendo los acuerdos adoptados por los mismos y a los miembros que los compongan cuando actúen en tal calidad.

3.7. A comunicar al Colegio las circunstancias personales de relevancia que afecten a su situación profesional y, en especial, a comunicar las suplencias en las funciones profesionales por motivo de enfermedad, ausencia o cualquier otra causa.

3.8. A denunciar al Colegio todo acto de intrusismo del que tenga conocimiento así como los casos de ejercicio ilegal de la profesión.

3.9. A participar en la Secretaría del respectivo Colegio los cambios de domicilio dentro del plazo de los treinta días siguientes a que el mismo se haya producido.

3.10. A comparecer ante la Junta de Gobierno o ante las comisiones del Colegio cuando fuesen requeridos para ello.

3.11.  Si fuera miembro de la Junta de Gobierno del Colegio o miembro del Pleno del Consejo General deberá de guardar secreto de las deliberaciones y asuntos que se traten en la Junta o en el Pleno.
 

 





Resolución mínima de 800x600
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