CÓDIGO
DEONTOLÓGICO GRADUADOS SOCIALES
3- OBLIGACIONES DEL GRADUADO SOCIAL EN RELACIÓN CON EL COLEGIO
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El
Graduado Social está obligado:
3.1. A cumplir los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales y los Estatutos del Consejo Autonómico y del Colegio al que pertenezca, así como los Reglamentos de Régimen Interior, las disposiciones generales o particulares, acuerdos y decisiones adoptados por los órganos corporativos dentro de su competencia.
3.2. A cumplir las Normas vigentes de aplicación a la profesión de Graduado Social.
3.3.
A participar y colaborar, en la forma reglamentariamente prevista, en las tareas, actos y órganos colegiales y en especial:
a)
A asistir personalmente, salvo imposibilidad justificada, a las Juntas Generales que se celebren en el Colegio y a participar en las elecciones que reglamentariamente deben llevarse a cabo.
b) A atender, con la máxima diligencia, las comunicaciones y citaciones emanadas de los órganos de gobierno del Colegio, o de sus miembros, en el ejercicio de sus funciones.
3.4. A desempeñar con celo y eficacia los cargos para los que fuesen elegidos y a participar en las comisiones cuando fueran requeridos para ello por la Junta de Gobierno.
3.5. A contribuir al mantenimiento económico de las cargas colegiales y a satisfacer, dentro del plazo reglamentario, las cuotas, derramas y demás cargas sociales y contribuciones económicas de carácter corporativo a las que la profesión se halle sujeta.
3.6. A guardar consideración, respeto y lealtad a los titulares de los órganos de gobierno del Consejo General y del respectivo Colegio, cumpliendo los acuerdos adoptados por los mismos y a los miembros que los compongan cuando actúen en tal calidad.
3.7. A comunicar al Colegio las circunstancias personales de relevancia que afecten a su situación profesional y, en especial, a comunicar las suplencias en las funciones profesionales por motivo de enfermedad, ausencia o cualquier otra causa.
3.8. A denunciar al Colegio todo acto de intrusismo del que tenga conocimiento así como los casos de ejercicio ilegal de la profesión.
3.9. A participar en la Secretaría del respectivo Colegio los cambios de domicilio dentro del plazo de los treinta días siguientes a que el mismo se haya producido.
3.10. A comparecer ante la Junta de Gobierno o ante las comisiones del Colegio cuando fuesen requeridos para ello.
3.11. Si fuera miembro de la Junta de Gobierno del Colegio o miembro del Pleno del Consejo General deberá de guardar secreto de las deliberaciones y asuntos que se traten en la Junta o en el Pleno.
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